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¿Quienes tienen fuero en Argentina? ¿Qué es inmunidad de arresto? La ley y la Constitución Nacional

Durante el gobierno del doctor Fernando de la Rúa, se dictó la ley 25.320 la que estableció que todos los cargos sujetos a remoción, desafuero o juicio político; están protegidos con inmunidad de arresto, pero no para el resto de los actos procesales penales. Normalmente se presta a muchas confusiones. Es por eso que tanto un presidente en ejercicio o la Vicepresidente gozan de fueros de detención. En criollo: pueden ser sometidos a un juicio penal hasta las últimas instancias, pero sin ser detenidos.

[Paysandú, R.O. del Uruguay, 1 de diciembre de 2023 | Hs. 05:21 pm GMT -3 | Por: Jorge Rausch McKenna]

Mediante la citada ley 25.320 se dispuso el régimen de inmunidades para legisladores, funcionarios y magistrados, a raíz del escándalo que algunos recordarán como "las coimas en el Senado de la Nación, y que abrió la discusión sobre si los legisladores podían enfrentar un proceso penal y ser obligados a prestar declaración indagatoria o solo estaban protegidos por inmunidad para el arresto o la privación de la libertad ambulatoria.


La ley establece que ningún juez nacional, provincial o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires puede ordenar el arresto del imputado mientras esté en su cargo, y de esa forma –para que la detención del acusado se lleve adelante– el legislador, funcionario o magistrado cuyo cargo debe estar efectivizado su desafuero, remoción o juicio político.


(Ver acá el texto de la citada norma o presionar este link: LEY DE FUEROS)

Se enexa el texto por si usted no desea salir de la pantalla:


Esa protección, de todos modos, no alcanza a otros actos procesales penales, como es la indagatoria, un acto de defensa al que todos los ciudadanos tienen derecho y en el que el juez le notifica a la persona acusada de las sospechas en su contra.


Los cargos de presidente y vicepresidente de la Nación son alcanzados por esa norma debido a que deben ser sometidos a juicio político para la destitución. Tal como lo establece el artículo 53 de la Constitución Nacional.


Como en todo debate legal también hay posiciones encontradas. Por mi parte adhiero más a los constitucionalistas que dicen que la inmunidad de arresto en el texto constitucional es propia de los legisladores, pero mediante una Ley 25.320 amplió tal prerrogativa a otros cargos alcanzando al presidente, vice, legisladores, funcionarios o magistrados sujetos a desafuero, remoción o juicio político.


Es decir, interpretó también que esta cuestión legal, "es una ampliación de esa prerrogativa dada por el constituyente en 1853".


Otros entidades también que la Constitución sólo le confiere en su texto inmunidad de arresto (conocida coloquialmente como “los fueros”) a los legisladores. Pero que en el caso del presidente y vicepresidente y de otros funcionarios sujetos a juicio político, se suele interpretar que la posibilidad de privación de la libertad quedaría supeditada a la destitución a través del juicio político.


La Ley 25.320 lo que hizo fue aclarar que la imposibilidad de detener no implica suspender el trámite del juicio penal.


Otros además argumentan que para el presidente como el vicepresidente de la Nación rige un “fuero” –específica y únicamente el de inmunidad de arresto– reconocido por la normativa argentina.


Entonces tenemos que la inmunidad de arresto, surge de la combinación de la ley de fueros (reitero, gobierno de De la Rúa año 2.000) y los arts. 53, 59 y 60 de la Constitución Nacional. Y que por lo tanto el privilegio del que gozan no surge directamente de la Constitución –como sí los de los legisladores, artículos 68 y 69 de la Constitución Nacional– sino de la Ley 25.320, la cual les reconoce fueros a todos los funcionarios susceptibles de ser removidos por juicio político.


A su vez, el artículo 53 de la Constitución establece que tanto el presidente como el vicepresidente son pasibles de juicio político.


Esto supone que pueden ser sometidos a proceso judicial, pero, para arrestarlos, resulta indispensable su previa destitución vía juicio político.

Es importante aclarar que no cuentan con otros privilegios más que el de la inmunidad de arresto, no tienen, por ende, inmunidad de opinión, sus domicilios pueden ser allanados y su correspondencia y comunicaciones interceptadas por orden de un juez competente y sin previa remoción.

(FOTO: CEDOC)

Concluyendo, debo decir que esta es una discusión que se dio muchísimo durante el gobierno de los salientes Alberto Fernández y Cristina Fernández de

Kirchner. Esperemos que no suceda lo mismo con el el entrante, y ya a solo días de asumir, Javier Milei y Victoria Villarruel a partir del próximo 10 de diciembre.


¿Qué es un DNU? Al parecer Javier Milei deberá acudir a ellos de manera muy seguida, y esperando que le aprueben su "Ley Ómnibus" para iniciar su mandato

(Imagen de su Facebook personal)

Un decreto de necesidad y urgencia o DNU es una herramienta prevista en el artículo 99 inciso 3 de la Constitución Nacional para casos excepcionales. Son un tipo de decretos con carácter de ley, emitidos por el poder ejecutivo y no por el poder legislativo (esta definición la copió del sitio www.la100.cienradios.com, cuya definición en Google me parece apropiada ya que además nos aclara que: "Si bien el Poder Ejecutivo Nacional no puede “emitir disposiciones de carácter legislativo”, la Constitución aclara que “cuando circunstancias excepcionales hicieran imposible seguir los trámites ordinarios” para la sanción de las leyes “podrá dictar decretos por razones de necesidad y urgencia”.

"Es decir que en casos excepcionales se habilita al Ejecutivo a legislar sin pasar por el Congreso. Estos decretos de necesidad y urgencia son promovidos por el presidente de la nación en un contexto social excepcional y, por lo tanto, deben ser aplicados con carácter urgente. Estos no pueden tratar sobre materia penal, tributaria, electoral o el régimen de los partidos políticos", dice.


En 𝕏: @JorRausch

(• Analista Político • Abogado • Periodista | CEO cuenta en 𝕏: @ConsultoraJRM y Asoc. | Editor en @𝕏noticias24)


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